Balanza Inclinada
Publicado el Viernes 4 de Enenero de 2007
En el Blog: http://Ixquic.blogspot.com/
¿Qué se hace una empresa para ganar terreno en su mercado? Mucho, en principio cumpliendo con las buenas prácticas. Pero a veces, la tentación es tal que se procede de forma tramposa y amañada. Para algunos, esto se reduce a la simple naturaleza humana y de ahí que sea el Estado o su institucionalidad la que establezca y haga cumplir las reglas del juego en el comercio.
Las Naciones Unidas cuentan con un conjunto de Principios y Normas, Convenidos para controlar prácticas comerciales que orientan las Políticas de Competencia. Existen expertos e instancias para apoyar a los gobiernos para que desarrollen estas buenas prácticas. El Salvador, lleva algunos años asistiendo a reuniones y foros en esta instancia. De hecho hasta presidió la séptima reunión del Grupo de Expertos de Derecho y Política de Competencia de la Conferencia de las Naciones Unidas para el Comercio y el Desarrollo.
El país cuenta con una Superintendencia de Competencia y una ley que regula
la materia, pero pareciera que esta institución existe a partir de
compromisos (porque debe existir) adquiridos internacionalmente o por la
cuestión de la imagen y no porque cumpla un papel visible, palpable o útil.
El año que finalizó tuvo protagonismo a partir de una sanción que impuso a
unas empresas. Caso que se ventila ante la Corte Suprema de Justicia. Pero eso
no la hace relevante, hace falta conocer más su real utilidad para nuestra
sociedad. Por ejemplo, en el caso que a continuación se comenta, esta
instancia parace no tener nada que opinar.
El cielo centroamericano en disputa
A finales del 2005 leía con asombro una noticia en elfaro.net (y sólo se
publicó allí) sobre la disputa entre dos compañías aéreas. La nota es
esta: “TACA y COPA: La guerra por los aires”. Allí se relata cómo la
empresa COPA realizó un trámite ante la Autoridad Aeronáutica Civil y ésta
cumpliendo con la Ley de Aviación Civil --artículo 70-- garantizó el derecho de audiencia al peticionario (COPA) y al tercero interesado o afectado (TACA), como se le llama en este caso en el derecho administrativo a la compañía salvadoreña. Esto lo hizo notificando y publicando un anuncio sobre la audiencia que realizaría para COPA. La ley manda a publicar en el Diario oficial y en un periódico de circulación nacional, así cualquier afectado se entera y llega a mostrar su oposición (esto está contemplado en otras leyes como la de propiedad intelectual en el
Registro de Comercio). Y todos felices.
Lo anterior debe hacerse en un plazo de 15 días desde la admisión de la
solicitud. En este caso, la publicación apareció en la Prensa Gráfica el 11
de diciembre de 2004 y la audiencia fue el 15. Al parecer, según miembros de
TACA, la publicación en el Diario Oficial se hizo después.
Personeros de TACA han hecho referencia sobre su afectación por este permiso
en razón de la competencia, es decir, que afecta sus intereses en el mercado:
“Vemos el daño de que tomen a nuestros pasajeros a Sudamérica”
dijeron a Elfaro.net; además, en Panamá TACA ha encontrado negativas a sus
solicitudes de escala. Posiblemente estas cosas motivaron su oposición al
vuelo de la compañía panameña aunque para sostener su negativa al permiso
hagan uso de recursos y alegatos jurídicos.
Por eso, TACA alegó en diciembre de 2005 ante la Corte Suprema de Justicia
que la Autoridad Aeronáutica Civil le violó su derecho de audiencia al
publicar en LPG un día sábado (no hábil) y en el diario oficial con días
de desfase. De manera que no pudieron expresar su oposición al permiso
otorgado a COPA. Eso según ellos.
Para un abogado el debate en este caso se presta a lo entretenido, así hay
que escarbar en la ley para sacar ventaja y mucha contradicción. Pero hay
casos de casos que uno llega a ver y el desbalance es obvio.
Si Ud. se va de Santa Ana a San Miguel y después de un tiempo su esposa se
quiere divorciar pero no sabe nada de Ud. tras su abandono, ¿que puede hacer?
si el tiempo pasa y ella cree que se fue al Norte....
Esta mujer puede llegar ante un juez de familia y decir: no se donde está y
hace años se fue. La ley permite que le notifiquen de la demanda de divorcio
publicando la notificación en el Diario Oficial y en uno de mayor circulación.
Entonces, ella lo publica en el Colatino –que Ud. no lee en oriente— y en
el Diario Oficial que Ud. nunca compra. Pasan los años y Ud. se da cuenta que
ya se había divorciado y que no hizo uso de su derecho de audiencia. Pues se
jodió!
Las publicaciones en diario oficial como el medio para que vos te des cuenta
que algo te va a afectar es un artificio legal, ventajoso y desventajoso que
en algún momento nos toca padecer, incluso TACA. Un verdadero tema de derecho
constitucional.
No hay elementos legales (no está a la vista el expediente) para hacer
valoraciones legales apegadas a la verdad de un caso como este. No puedo
hablar más allá de la actitud celosa de TACA Pero interesante es!. De lo que si se puede y se debe hablar es de la institucionalidad.
COPA tiene detenido ese vuelo a El Salvador desde diciembre de 2005, la Corte Suprema de Justicia de manera milagrosa suspendió el vuelo y a la fecha NO ha resuelto el caso: ¿dos años sin resolver un amparo?
Personalmente, me intriga saber cual será su resolución. Leí hace un tiempo
que TACA había inaugurado un edificio bonito y moderno acá en San Salvador,
y hubo un detalle que me llamó la atención. Como todo acto simbólico se
cortó la cinta de inauguración, honor que tuvo el Presidente de la Corte
Suprema de Justicia, Agustín García Calderón. Y se puede leer acá.
quiere divorciar pero no sabe nada de Ud. tras su abandono, ¿que puede hacer?
si el tiempo pasa y ella cree que se fue al Norte....
Esta mujer puede llegar ante un juez de familia y decir: no se donde está y
hace años se fue. La ley permite que le notifiquen de la demanda de divorcio
publicando la notificación en el Diario Oficial y en uno de mayor circulación.
Entonces, ella lo publica en el Colatino –que Ud. no lee en oriente— y en
el Diario Oficial que Ud. nunca compra. Pasan los años y Ud. se da cuenta que
ya se había divorciado y que no hizo uso de su derecho de audiencia. Pues se
jodió!
Las publicaciones en diario oficial como el medio para que vos te des cuenta
que algo te va a afectar es un artificio legal, ventajoso y desventajoso que
en algún momento nos toca padecer, incluso TACA. Un verdadero tema de derecho
constitucional.
No hay elementos legales (no está a la vista el expediente) para hacer
valoraciones legales apegadas a la verdad de un caso como este. No puedo
hablar más allá de la actitud celosa de TACA Pero interesante es!. De lo que si se puede y se debe hablar es de la institucionalidad.
COPA tiene detenido ese vuelo a El Salvador desde diciembre de 2005, la Corte Suprema de Justicia de manera milagrosa suspendió el vuelo y a la fecha NO ha resuelto el caso: ¿dos años sin resolver un amparo?
Personalmente, me intriga saber cual será su resolución. Leí hace un tiempo
que TACA había inaugurado un edificio bonito y moderno acá en San Salvador,
y hubo un detalle que me llamó la atención. Como todo acto simbólico se
cortó la cinta de inauguración, honor que tuvo el Presidente de la Corte
Suprema de Justicia, Agustín García Calderón. Y se puede leer acá.
No soy partidaria de las teoría conspirativas, pero me parece poco conveniente
para la ética, transparencia y confianza institucional que un juez (como es la
cabeza del órgano judicial) que tiene en sus manos un litigio acompañe de esa
forma a una de las partes en disputa. Como tampoco es conveniente que en casos
de tanta trascendencia –entre ellos, la disputa por la constitucionalidad de
nombramientos del Tribunal Supremo Electoral— deban tardarse años para tener
una resolución definitiva. El Comunicado de COPA sobre la Corte Suprema es
totalmente fundamentado.
Pérfida justicia!
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