Corte Suprema de Justicia limitará artículo 191 y la crítica periodística
Por Carlos Martínez
Los magistrados de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia están a punto de desvanecer el escudo legal que prohíbe cárcel contra los periodistas y los medios de comunicación que abusan de la libertad de expresión, para ponerlos en igualdad de condiciones que el resto de ciudadanos.
El Faro supo que ya existe consenso entre los magistrados a favor de la demanda interpuesta por el empresario Roberto Bukele, en la que acusa de inconstitucional al artículo 191 del Código Penal. La resolución de inconstitucionalidad es inminente y es muy probable que pase a firma la semana siguiente.
Según esta disposición del Código Penal, todos los salvadoreños que, haciendo uso del derecho a la libertad de expresión “demuestren un propósito calumnioso, injurioso o de ataque a la intimidad o a la propia imagen de una persona”, estarían cometiendo un delito que se paga con la cárcel. Salvo si quienes cometan ese abuso lo hacen en el ejercicio del periodismo o en el del ejercicio del derecho y deber de informar.
El artículo 191 está incluido en el título del Código relativo a los delitos contra el honor de las personas. Los artículos 177, 178 y 179 tipifican los delitos relativos al honor y a la intimidad y establecen hasta cuatro años de prisión para quien cometa “calumnia”, “difamación” o “injuria”. La calumnia es el delito más grave, y consiste en acusar a alguien de haber cometido un delito. Se castiga con hasta 4 años de prisión. La difamación es decir cosas de alguien no presente, que lesionen la dignidad o el buen nombre de la víctima. Se castiga hasta con dos años de cárcel. Y la injuria es que alguien ofenda de palabra o con alguna acción a una persona, lesionándoel su dignidad o el decoro.
Los magistrados de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia están a punto de desvanecer el escudo legal que prohíbe cárcel contra los periodistas y los medios de comunicación que abusan de la libertad de expresión, para ponerlos en igualdad de condiciones que el resto de ciudadanos.
El Faro supo que ya existe consenso entre los magistrados a favor de la demanda interpuesta por el empresario Roberto Bukele, en la que acusa de inconstitucional al artículo 191 del Código Penal. La resolución de inconstitucionalidad es inminente y es muy probable que pase a firma la semana siguiente.
Según esta disposición del Código Penal, todos los salvadoreños que, haciendo uso del derecho a la libertad de expresión “demuestren un propósito calumnioso, injurioso o de ataque a la intimidad o a la propia imagen de una persona”, estarían cometiendo un delito que se paga con la cárcel. Salvo si quienes cometan ese abuso lo hacen en el ejercicio del periodismo o en el del ejercicio del derecho y deber de informar.
El artículo 191 está incluido en el título del Código relativo a los delitos contra el honor de las personas. Los artículos 177, 178 y 179 tipifican los delitos relativos al honor y a la intimidad y establecen hasta cuatro años de prisión para quien cometa “calumnia”, “difamación” o “injuria”. La calumnia es el delito más grave, y consiste en acusar a alguien de haber cometido un delito. Se castiga con hasta 4 años de prisión. La difamación es decir cosas de alguien no presente, que lesionen la dignidad o el buen nombre de la víctima. Se castiga hasta con dos años de cárcel. Y la injuria es que alguien ofenda de palabra o con alguna acción a una persona, lesionándoel su dignidad o el decoro.
En su demanda, Bukele argumenta que el artículo 191 viola el principio constitucional de igualdad frente a la ley, al establecer privilegios para los periodistas ante estos delitos.
La demanda invoca además el artículo 6 de la Constitución, que establece el derecho de toda persona a la libertad de expresión. Sin embargo, el mismo artículo señala los límites de este derecho al acotar que todos los ciudadanos podrán expresar libremente sus pensamientos “siempre que no subvierta el orden público, ni lesione la moral, el honor, ni la vida privada de los demás…”. El inciso cierra estableciendo que estas conductas serán consideradas delictivas y que todos los que abusen de la libertad de expresión “responderán por el delito que cometan”.
Dado que la carta magna no establece excepciones para esta norma, los magistrados se aprestan a resolver que efectivamente los periodistas deben recibir un trato igual al de las demás personas, y que el artículo 6 de la Constitución es el que tipifica como delito los abusos de la libertad de expresión.
La mayoría de directores o jefes de medios de comunicación, así como la Asociación de Periodistas de El Salvador (APES), han calificado a la demanda como un atentado contra la libertad de expresión.
La resolución goza del respaldo de los cuatro nuevos miembros de la Sala de lo Constitucional, que asumieron en julio de 2009, y del rechazo del magistrado Néstor Castaneda, que llegó a la Corte en una elección anterior.
En la Asamblea Legislativa, varios políticos han cantado una amenaza velada a los magistrados de la Sala de lo Constitucional, después de que estos tocaron la clave del poder de las cúpulas partidarias al declarar inconstitucionales las listas de candidatos a diputados bloqueadas. El secretario general del PDC, Rodolfo Párker, advirtió que si determinaban que los magistrados se excedieron en sus funciones podrían destituirlos, y luego dijo que si declaran inconstitucional el 191, tendrán más razones para removerlos del cargo.
Bukele tuvo hace años un litigio público con El Diario de Hoy originado en la disputa entre la transnacional McDonald´s y el empresario salvadoreño, quien poseía la franquicia para operar en El Salvador. Bukele demandó por daños al propietario del periódico y al que entonces era gerente de Redacción, Lafitte Fernández, después de que ese medio publicó una serie de acusaciones, como que los restaurantes de Bukele servían hamburguesas con carne arruinada.
Ahora hay quienes dicen que el 191 solo sirve para proteger ese tipo de expresiones, pero otros, como la APES y El Diario de Hoy, argumentan que derogarlo será abrir las puertas para que cualquiera encuentre la manera de amedrentar a periodistas incómodos.
Fuente: El Faro.net
La demanda invoca además el artículo 6 de la Constitución, que establece el derecho de toda persona a la libertad de expresión. Sin embargo, el mismo artículo señala los límites de este derecho al acotar que todos los ciudadanos podrán expresar libremente sus pensamientos “siempre que no subvierta el orden público, ni lesione la moral, el honor, ni la vida privada de los demás…”. El inciso cierra estableciendo que estas conductas serán consideradas delictivas y que todos los que abusen de la libertad de expresión “responderán por el delito que cometan”.
Dado que la carta magna no establece excepciones para esta norma, los magistrados se aprestan a resolver que efectivamente los periodistas deben recibir un trato igual al de las demás personas, y que el artículo 6 de la Constitución es el que tipifica como delito los abusos de la libertad de expresión.
La mayoría de directores o jefes de medios de comunicación, así como la Asociación de Periodistas de El Salvador (APES), han calificado a la demanda como un atentado contra la libertad de expresión.
La resolución goza del respaldo de los cuatro nuevos miembros de la Sala de lo Constitucional, que asumieron en julio de 2009, y del rechazo del magistrado Néstor Castaneda, que llegó a la Corte en una elección anterior.
En la Asamblea Legislativa, varios políticos han cantado una amenaza velada a los magistrados de la Sala de lo Constitucional, después de que estos tocaron la clave del poder de las cúpulas partidarias al declarar inconstitucionales las listas de candidatos a diputados bloqueadas. El secretario general del PDC, Rodolfo Párker, advirtió que si determinaban que los magistrados se excedieron en sus funciones podrían destituirlos, y luego dijo que si declaran inconstitucional el 191, tendrán más razones para removerlos del cargo.
Bukele tuvo hace años un litigio público con El Diario de Hoy originado en la disputa entre la transnacional McDonald´s y el empresario salvadoreño, quien poseía la franquicia para operar en El Salvador. Bukele demandó por daños al propietario del periódico y al que entonces era gerente de Redacción, Lafitte Fernández, después de que ese medio publicó una serie de acusaciones, como que los restaurantes de Bukele servían hamburguesas con carne arruinada.
Ahora hay quienes dicen que el 191 solo sirve para proteger ese tipo de expresiones, pero otros, como la APES y El Diario de Hoy, argumentan que derogarlo será abrir las puertas para que cualquiera encuentre la manera de amedrentar a periodistas incómodos.
Fuente: El Faro.net
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Justicia
LOS SALVADOREÑOS SOMOS SERES PENSANTES SEÑORES!
ReplyDeleteLOS PERIODICOS SALVADOREÑOS NO SON RESPETUOSOS DE LA PERSONA HUMANA, CUALQUIER BABOSADA PUBLICAN EN CONTRA DE LOS QUE NO ESTAN DE ACUERDO CON LOS DUEÑOS DE LOS PERIODICOS.
LAFFITE FERNANDEZ TIENE SU MERECIDO!
PIENSA, ESCRIBE, DENIGRA, Y CUALQUIR ESTPIDEZ QUE SE LE VIENE A LA CABEZA POLITICAMENTE HABLANDO, LO EJECUTA.
LA GRAN PAJA QUE LE DICE AL PUEBLO SALVADOREÑO LA PRENSA ESCRITA, RADIO, TELEVISION: LA ANEP, ASI, CAMARA DE COMERCIO, FUSADES; ES QUE SE VA A COARTAR LA LIBERTAD DE EXPRESSION Y YA SERA EL FIN DEL MUNDO Y ESTO ARDERA CON FUEGO CELESTIAL!
RIDICULOS!
LO ESTABLECE LA DEMANDA ES QUE LOS PERIODISTAS NO DEBERAN ESTAR SOBRE LA DEMAS POBLACION CIVIL LOS CUALES SI PUEDEN SER PROCESADOS POR DIFAMACION Y CALUMNIA SIEMBARGO SE EXCLUYE LOS PERIODISTAS DANDOLES PRIVILEGIOS DE DIFAMAR, CALUMNIAR Y DEGRADAR A CUABTOS SE LES ANTOJE!
Y QUE CORONA TIENEN LOS PERIODISTAS EN EL SALVADOR PUES?
DE NO PENALIZAR ESTE DELITO COMETIDO POR LOS PERIODISTAS ES QUE QUEREMOS SEGUIR CON LA ARGOLLA DE PRIVILEGIOS QUE SE SIRVIERON HASTA LA SACIEDAD EMBLEMATICOS DUEÑOS DE PERIODICOS Y PUBLICISTAS VESTIDOS DE PERIODISTAS BIEN PAGADOS PARA DESPRESTIGIAR LOS MAS VULNERABLES CIUDADANOS URGIDOS DE JUSTICIA EN EL TRATO IGUSLITARIO POR LOS MEDIOS DE COMUNICACION SOCIAL.
Jose Matatias Delgado Y Del Hambre.