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COMUNICADO DE CREE


LA COALICIÓN PARA LA REFORMA POLÍTICA Y ELECTORAL (CREE), RESPETUOSA DEL ESTADO CONSTITUCIONAL DE DERECHO, A LA OPINIÓN PÚBLICA EXPRESA:

1.

Que estamos a menos de 2 meses para que el Tribunal Supremo Electoral llame a los partidos políticos y candidatos no partidarios a inscripción de candidatos a Diputados a la Asamblea Legislativa, y la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia no ha resuelto las demandas de inconstitucionalidad presentadas contra los Decretos 555 y 758 relativos a las candidaturas no partidarias y al sistema de votación y asignación de escaños a la Asamblea Legislativa respectivamente; condenando a la sociedad civil a participar en las próximas elecciones de 2012 con un sistema electoral que contiene claras y graves violaciones a la Constitución de la República.
2.

Que la implementación del sistema de votación y asignación de escaños a la Asamblea Legislativa contenido en el Decreto 758, no permitirá el ejercicio del voto directo previsto en el Art. 78 de la Constitución y seguirán siendo las cúpulas partidarias quienes seguirán eligiendo a los Diputados de la Asamblea Legislativa, ya que los votos emitidos por las banderas se distribuirán entre los primeros candidatos de las listas propuestos por los partidos políticos.
3.

Demandamos a la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, declarar inconstitucional el Decreto Legislativo 555, para que la Asamblea Legislativa modifique los requisitos de inscripción de candidatos no partidarios a la Asamblea Legislativa y garantizar mayor participación ciudadana en el acceso al Órgano Legislativo; así como también declarar la inconstitucionalidad del Decreto 758, para que la Asamblea Legislativa modifique el sistema de asignación de escaños y garantizar que los votos de todos y todas cuenten el día de la votación.
4.

La declaratoria de inconstitucionalidad de los Decretos 555 y 758 no afecta el calendario electoral, ni modifica el diseño de la papeleta de votación, ya que ésta seguirá conservando las mismas características, y lo único que se modifica es la forma de cómo se distribuyen los votos de la bandera entre los candidatos, para determinar quienes recibieron más votos y resultarán electos de acuerdo al sistema de cocientes y residuos. Asimismo, la Asamblea Legislativa dispone del tiempo suficiente para aprobar las normas que regularán la participación de los candidatos no partidarios en condiciones de igualdad con los candidatos partidarios, y para ajustar las normas que regularán el voto por personas, eliminando aquellas que permiten candidatos con preeminencias y el voto por banderas.

San Salvador, 12 de Octubre de 2012.
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